lunes, 17 de octubre de 2011

El certificado digital y el IVA

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un impuesto indirecto que recae sobre el consumo: lo pagan los consumidores finales de bienes y servicios. Si eres persona física (autónomo, empresario o profesional) o persona jurídica en la actividad laboral o comercial, es tu responsabilidad aplicarlo, es decir, recaudarlo e ingresarlo en la Agencia Tributaria.
La declaración del IVA se realiza trimestralmente con carácter general, o mensualmente si estás inscrito en el Registro de devolución mensual del IVA. Para conocer la cantidad que debes liquidar, tienes que restar las cuotas de IVA que has pagado a tus proveedores de las que has cobrado a tus clientes. Si el resultado es positivo, debes ingresarlo en el Tesoro. Si es negativo, puedes optar por pedir la devolución o compensar el saldo negativo en la liquidación del ejercicio siguiente.


¿Cómo?
Desde el portal de la Agencia Estatal de Administración Tributaria accede al menú Empresas y profesionales,



desde donde podrán tramitar el IVA en función de tus características.
No necesitas identificarte para informarte o descargar formularios, pero sí para tramitar el pago del IVA. Hazlo mediante DNI electrónico u otro certificado electrónico, o claves en tres pasos: cálculo de las cuotas a ingresar, pago telemático si procede y presentación de la declaración del IVA donde se recoge el número de comprobante de pago.

¿Necesitas más información?
Accede al portal de la Agencia Estatal de Administración Tributaria del Ministerio de Economía y Hacienda, o llama al teléfono: 901 33 55 33.


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